NOVEDAD AUTÓNOMOS


AMPLIADA LA <<TARIFA PLANA>> PARA AUTÓNOMOS EN MUNICIPIOS DE MENOS DE 5.000 HABITANTES

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, tendrán derecho a:

• una cuota reducida inicial, durante los 12 meses inmediatamente siguientes, de 50 euros.
• tres tramos, durante los 12 meses siguientes al periodo anterior, de reducción y bonificación sobre la cuota por contingencias comunes con independencia de la base de cotización que se haya elegido, según la siguiente escala:

• Reducción del 50%
• Reducción del 30%
• Bonificación del 30%

Los beneficiarios de la tarifa plana joven, autónomos hombres hasta 29 años y, en el caso de mujeres, hasta 34 años tendrán derecho además de lo anterior, a una bonificación adicional equivalente al 30% durante 12 meses más.

Las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, después de la cuota reducida inicial podrán aplicarse una bonificación del 50% por un periodo máximo de hasta 48 meses.

La NOVEDAD  introducida por la LPGE/2018 supone la ampliación en 12 meses de la aplicación de la tarifa plana de 50 euros cuando el trabajador por cuenta propia desarrolle su actividad en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes. Para ello, han de cumplirse los siguientes requisitos:

• Estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
• Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios de la AEAT o de las Haciendas Forestales.
• Mantener el alta en la actividad autónoma en el municipio en los 2 años siguientes y permanecer empadronado en el mismo municipio en los 4 años siguientes a dicha alta.